MODELOS GRATUITOS · 2026

Modelos y plantillas para empleadas de hogar

Descárgalos, imprímelos y entrégalos. Con la norma citada al lado de cada afirmación, para que sepas exactamente qué estás firmando.

Aquí tienes los dos documentos que más se piden en el empleo del hogar. La carta de baja voluntaria la generas en PDF rellenando el formulario de abajo, con tus datos y listo para firmar, y el modelo de contrato es el oficial del Servicio Público de Empleo Estatal con las cláusulas específicas del servicio del hogar familiar. Los dos son gratis, sin registro y sin marca de agua. Recuerda: irte por tu propia decisión da derecho al finiquito completo, pero no a indemnización ni a paro.

Genera tu carta de baja voluntaria

Rellena lo que sepas y descárgala en PDF, con el membrete de Maids & Co y las dos casillas de firma al pie. Nada de lo que escribas sale de tu móvil: la carta se genera en el propio navegador.

El documento con el que estás dada de alta.

La dirección donde quieres recibir el finiquito y cualquier comunicación.

Si lo dejas en blanco, la carta va dirigida a «la persona titular del hogar familiar».

La fecha de efectos de la baja: el último día que vas a trabajar.

Lo habitual son 15 días. Si lo dejas en blanco, la carta remite a la costumbre del lugar.

GENERADOR GRATUITO
  • Tus datos y los de la persona empleadora, en la cabecera del escrito
  • El texto con la fecha de efectos, el preaviso y el finiquito que debes reclamar
  • Dos casillas de firma: la tuya y el recibí de la persona empleadora

Puedes descargarla sin rellenar nada: saldrá con líneas en blanco para completarla a bolígrafo.

Lo que conviene saber antes de entregar la carta

Irte por tu propia decisión no te quita el finiquito, pero sí te deja sin indemnización y sin paro. Y lo que te protege de verdad es la copia firmada.

Dejar el trabajo por tu propia decisión es una dimisión, y el Estatuto de los Trabajadores la reconoce sin pedirte ninguna causa: basta con comunicarla «mediando el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar» (art. 49.1.d). Nadie puede retenerte ni obligarte a quedarte.

Qué cambia si te vas tú y no te echan
Qué pasa con…Si te vas tú (baja voluntaria)Norma
El finiquitoSe cobra entero: salario de los días trabajados, parte proporcional de las pagas extra del semestre y vacaciones generadas y no disfrutadasRD 1620/2011, arts. 8.4 y 9.7
La indemnizaciónNo hay. La indemnización solo existe cuando el contrato lo termina la familiaRD 1620/2011, art. 11.2 a contrario
El paroNo se cobra: la dimisión no está en la lista de situaciones legales de desempleoLGSS, art. 267.1
El certificado de empresaTe lo tienen que entregar igualmente: acredita tus fechas y tus bases de cotizaciónRD 1620/2011, art. 11.1 y normativa común
La baja en la Seguridad SocialLa comunica la persona empleadora dentro de los 6 días naturales siguientes a tu último díaRD 643/2026

Desliza la tabla hacia el lado para ver todas las columnas.

Ojo con una confusión muy repetida: el preaviso de 20 o 7 días del artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011 es el que tiene que darte la familia cuando es ella la que termina el contrato. No es el tuyo.

  • Entrega la carta en mano y en dos copias: una la dejas y la otra te la quedas firmada con la fecha.
  • Si no te la quieren firmar, envíala por burofax con acuse de recibo y certificación de texto, o por un medio que deje constancia de la fecha y del contenido. Un mensaje de WhatsApp vale como prueba, pero una copia firmada vale más.
  • Firmar el finiquito no te quita el derecho a reclamar: puedes firmar añadiendo a mano «no conforme» si no estás de acuerdo con las cuentas.
  • Para reclamar cantidades que no te hayan pagado tienes un año desde que terminó el contrato (Estatuto de los Trabajadores, art. 59.1).
Calcula tu finiquito si te vas tú(se abre en una pestaña nueva)

Modelo oficial de contrato de trabajo

Es el impreso del Servicio Público de Empleo Estatal, con las cláusulas específicas del servicio del hogar familiar. No es un modelo nuestro.

Estos dos PDF son los modelos oficiales del Servicio Público de Empleo Estatal (impreso PE-177 A bis), en la edición de junio de 2026, que incorpora las cláusulas específicas del servicio del hogar familiar tras el Real Decreto-ley 16/2022. Son formularios rellenables: se pueden completar en el ordenador y luego imprimir.

Los servimos desde aquí para que la descarga no dependa de terceros. El índice oficial, por si quieres comprobar que no ha salido una edición nueva, está en la web del SEPE. Modelos de contrato en la web del SEPE(se abre en una pestaña nueva)

En el empleo del hogar el contrato no tiene que ser escrito en todos los casos, pero cualquiera de las dos partes puede exigir que se formalice por escrito en cualquier momento, incluso con la relación ya empezada (Real Decreto 1620/2011, art. 5.3). Si no hay pacto escrito, la ley presume que el contrato es indefinido y a jornada completa (art. 5.2): trabajar sin papeles no te quita derechos, te quita pruebas.

  • Prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido que existan: la casa y la comida cuentan como salario, con el tope del 30 % (art. 5.4.a y art. 8.2).
  • Duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, y cómo se pagan o se compensan (art. 5.4.b).
  • Régimen de pernoctas en el domicilio familiar, si las hay (art. 5.4.c).
  • Y lo que lleva cualquier contrato: identidad de las partes, fecha de inicio, domicilio del centro de trabajo, categoría o puesto, salario, jornada, vacaciones y plazos de preaviso.

Al negociar el salario ayuda saber lo que el contrato le cuesta a la familia en total: tu bruto más la cuota del empleador a la Seguridad Social. La calculadora de coste de nuestra web para familias lo saca con las cifras de 2026.

Lo que le cuesta a la familia: calculadora de coste y Seguridad Social(se abre en una pestaña nueva)

LO QUE MÁS NOS PREGUNTAN AL IRSE

Preguntas rápidas

¿Tengo que dar un motivo para irme?

No. La dimisión no se motiva: el Estatuto de los Trabajadores solo pide que medie el preaviso que señalen los convenios o la costumbre del lugar (art. 49.1.d). La carta no tiene que explicar por qué te vas, y es mejor que no lo haga: cuanto más corta, menos hay que discutir.

¿Puedo mandar la carta por WhatsApp en vez de entregarla en mano?

Puedes, y sirve como prueba de la fecha, pero lo que de verdad te protege es la copia en papel firmada con el recibí. Si no puedes entregarla en mano, el burofax con acuse de recibo y certificación de texto es lo que no admite discusión.

Si me voy yo, ¿pierdo el finiquito?

No. El finiquito se cobra siempre, termine como termine el contrato: son los días trabajados del último mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias del semestre en curso (Real Decreto 1620/2011, art. 8.4) y las vacaciones generadas y no disfrutadas (art. 9.7). Lo que no hay cuando te vas tú es indemnización ni paro.

¿Qué pasa si no doy el preaviso?

La familia puede descontarte del finiquito los días de preaviso que no hayas dado, porque es un incumplimiento del artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores. No te pueden retener el resto del finiquito ni negarte el certificado de empresa por ello.

¿Puedo generar la carta sin rellenar nada y escribirla a mano?

Sí. Si descargas el PDF con el formulario vacío, sale con líneas en blanco en cada dato para que lo completes a bolígrafo. Es la misma carta y tiene el mismo valor.

¿El modelo de contrato me sirve si soy interna?

Sí: el impreso del SEPE es el mismo para interna y externa, y son sus cláusulas específicas del servicio del hogar familiar las que recogen el alojamiento, la manutención, los tiempos de presencia y las pernoctas. Eso es justamente lo que el Real Decreto 1620/2011 exige que conste por escrito (art. 5.4).

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